Interesante!! La Corte Constitucional de Ecuador declaró este 7 de febrero de 2024 la constitucionalidad de la #eutanasia solicitada por Paola Roldán, quien padece de esclerosis lateral amiotrófica. La Corte considera que el supuesto planteado se relaciona con los derechos a la vida y al libre desarrollo de la personalidad. Exactamente, establece que dicho artículo será constitucional siempre y cuando se cumpla lo siguiente:
– No sea sancionado el médico que ejecute la conducta tipificada en el artículo 144 del COIP.
– La persona exprese su consentimiento inequívoco, libre e informado (o a través de su representante, cuando no pueda expresarlo), solicite acceder a un procedimiento de eutanasia activa.
– La solicitud de un procedimiento de eutanasia activa responda a un padecimiento de intenso sufrimiento proveniente de una lesión corporal grave e irreversible o de una enfermedad grave e incurable. La sentencia también dispone que: Defensor del Pueblo en el plazo máximo de seis meses contados desde la notificación de la presente sentencia, prepare un proyecto de ley que regule los procedimientos eutanásicos, conforme a lo establecido en este fallo.
Además, el Ministerio de Salud tiene un plazo máximo de dos meses, contados desde la notificación de la sentencia, para expedir un reglamento que regule el procedimiento para la aplicación de la eutanasia activa voluntaria y avoluntaria a la luz de criterios técnicos y en observancia de lo expuesto en este fallo».
El reglamento «tendrá vigencia hasta la aprobación de la ley respectiva». El reglamento debe ser presentado ante la Corte Constitucional que verificará su cumplimiento. Por último, la sentencia otorga a la Asamblea un plazo máximo de 12 meses contados desde la presentación del proyecto de ley para que conozca, discuta, y expida la normativa que regule los procedimientos eutanásicos con los más altos estándares generales establecidos en la presente sentencia.
Sentencia: http://esacc.corteconstitucional.gob.ec/storage/api/v1/10_DWL_FL/e2NhcnBldGE6J3RyYW1pdGUnLCB1dWlkOidlNzVjZThhMS1iMGM0LTQ0OWMtYmEyMy01MTdlYzVkYTY3NGQucGRmJ30=